Reglamento para Elección de Reinas
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REGLAMENTO PARA ELECCIóN
DE  REINA DE AMBATO

El Comité Permanente de la Fiesta de la Fruta y de las Flores, en uso de la facultad que le confiere el Reglamento publicado en el Registro Oficial No 522,  de 30 de octubre de 1990, Capítulo I, Art.1, literal d),  expide el siguiente Reglamento para Elección de Reina de Ambato:

Art. 1.- La elección se efectuará el sábado 26 de enero de 2008, a las 19h00, en el Coliseo Cerrado de Deportes.

Art. 2.- Podrá participar quien haya resultado electa Reina Interparroquial y  todas las señoritas reinas o representantes de comités barriales e instituciones públicas y privadas del cantón Ambato, a excepción de las representantes de instituciones estudiantiles de nivel medio o agrupaciones que individualmente las representen.

Las señoritas que aspiren inscribirse como candidatas en los registros del Comité Permanente, deberán cumplir los siguientes requisitos:

•    Ser ambateña de nacimiento
•    Estado civil soltera
•    Tener entre 18 y 25 años de edad
•    Que curse o haya cursado la instrucción secundaria.
•    Cédula de identidad y carné estudiantil o su equivalente, en originales y fotocopias y original de la       partida de nacimiento
•    Tres fotografías tamaño postal a color
•    Certificado de estudios o su equivalente
•    No haber participado como candidata a Reina de Ambato en años anteriores
•    Entregar, al momento de la inscripción, una propuesta aplicable de trabajo, mínimo de una hoja, en caso de ser electa Reina de Ambato.

Art. 3.- Las inscripciones se receptarán desde el lunes 29 de octubre de 2007 hasta las 24h00 del domingo 13 de enero de 2008, en las oficinas del Comité Permanente, previa presentación de los documentos antes mencionados, mismos que deberán ser entregados en la Secretaría General del Comité Permanente, por lo menos veinticuatro horas antes de su inscripción.

Art. 4.- Suscribirán el acta de inscripción: la señorita candidata, el representante o presidente del comité barrial o institucional, conjuntamente con el  Director Ejecutivo del Comité Permanente y certificará el Secretario General del Comité Permanente de la institución.

Art. 5.- Las señoritas que se inscriban oficialmente pasarán a depender exclusiva y obligatoriamente del Comité Permanente y en cada uno de sus actos deberán demostrar comportamiento apegado a la moral y buenas costumbres. En caso de incumplir esta disposición, automáticamente perderá la condición de candidata.

Art. 6.- Para la integración del Jurado Elector, que estará conformado  por siete miembros, el Directorio del Comité Permanente anualmente resolverá el mecanismo  de su  designación,  entre  estas dos  alternativas:  el  Gran  Jurado Elector, con siete miembros designados por sorteo o integrarlo con siete personalidades de fuera de la ciudad con trayectoria nacional o internacional.

Art. 7.- En caso de que la integración del Jurado Elector sea a través del Gran Jurado, éste se integrará con los representantes oficiales de instituciones y entidades jurídicas legalmente acreditadas ante el Comité Permanente, a través de público sorteo efectuado el día de la elección. Esta selección se la realizará en base a la lista que para el efecto anexará el Comité Permanente.

Sin embargo, con la aplicación de cualquier mecanismo de selección del Jurado Elector, no podrán integrar el mismo representantes de comités barriales o instituciones públicas y privadas que hayan inscrito candidatas a Reina de Ambato o apoyen a dichas candidatas ni los parientes hasta tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad civil.

Art. 8.- En caso de que un delegado tenga más de una representación institucional,  podrá delegar a otra persona, de acuerdo con estatutos, reglamentos u otra norma que rija la institución que represente, para lo cual deberá notificar al Comité Permanente con la debida antelación para los fines legales pertinentes.

Art. 9.- Les está terminantemente prohibido a representantes, padres o más personas que tengan relación directa o indirecta con las candidatas, realizar cualquier  tipo de contacto o acercamiento, antes y/o durante el evento de elección, a los señores miembros del Jurado Elector.

En caso de detectarse o comprobarse infracción a esta disposición, la candidata cuyos representantes, padres o más personas que tuvieren relación directa o indirecta con alguno de los miembros del Jurado Elector, será automática y públicamente descalificada y el motivo de esta decisión será dado a conocer.

De igual manera serán sancionadas con el inmediato retiro de la candidatura las candidatas cuyos representantes, padres o más personas que tengan relación directa o indirecta y que tuvieren el mismo tipo de comportamiento con miembros del Comité Permanente y que se encuentra estipulado en el primer parágrafo de este artículo.

Art. 10.- Para el acto de elección de Reina, el Jurado Elector  se instalará  en el sitio dispuesto en el mismo recinto, en cuya reunión no podrán participar personas ajenas al Jurado Elector, a excepción del Secretario General del Comité Permanente y el digitador que ingresarán los datos al centro de cómputo.

Art. 11.- El Jurado elegirá, a más de Reina de Ambato, Señorita Patronato Municipal y Señorita Patronato Provincial, en orden de puntuación y de acuerdo a los más altos puntajes obtenidos, mismos que serán certificados por el Notario (a) invitado (a) al evento por el Comité Permanente.

Art. 12.- Actuará como Secretario del Jurado Elector el Secretario General del Comité Permanente.

Art.13.- A las candidatas se las calificará bajo cuatro parámetros, cada uno sobre diez (10) puntos. No se permitirán puntajes menores a seis (06) puntos ni con decimales. En caso de empate en la primera votación, se concretará entre las candidatas que hubieren obtenido igual número de votos mediante deliberación de los miembros del Jurado Calificador. El voto es obligatorio. No están permitidos ni abstenciones ni votos en blanco. Cuatro votos constituyen mayoría en el grupo de siete.

Art.14.- Efectuada la elección, se levantará el acta de lo ocurrido y se dará a conocer los resultados en orden jerárquico, de menor a mayor designación, a través del Secretario General del Comité Permanente.

Art.15.- Las señoritas candidatas elegirán, entre ellas y mediante voto secreto a la Señorita Amistad, sin que esto afecte el puntaje de las señoritas candidatas para cualquiera de las otras dignidades.

Art.16.- La elección de  Señorita Fotogenia estará a cargo de un jurado conformado por representantes de los canales de televisión y fotógrafos de la localidad.

Art. 17.- En caso de ausencia definitiva de la Reina de Ambato, esta dignidad ocupará la Señorita Patronato Municipal, quien ha obtenido el segundo mejor puntaje en la elección.

La pérdida del estado civil con el que se inscribió como candidata a Reina de Ambato también será causal para aplicar el procedimiento establecido en el primer párrafo de este artículo.

Art. 18.- Las candidatas a Reina de Ambato y quien hubiere obtenido esta dignidad se sujetarán estrictamente a las disposiciones constantes en el Reglamento  de Comportamiento que para el efecto haya dictado el Comité Permanente.

Aprobado en Sesión de Directorio, el diecisiete de diciembre de dos mil tres, con la presencia de: arquitecto Fernando Callejas Barona, doctora Carolina Garcés, señor Guido Palacios, señor Ignacio  Vargas, ingeniero Edwin Mora, señor Gabriel Galarza,  doctor Polo Guerrero y licenciado Ernesto Ayala Sevilla.


 
 Arq. Fernando Callejas Barona                                          Marco Calero Hidalgo       
  PRESIDENTE,  DIRECTORIO                                      DIRECTOR EJECUTIVO


REGLAMENTO PARA ELECCION
DE REINA INTERPARROQUIAL

El Comité Permanente de la Fiesta de la Fruta y de las Flores, en ejercicio de sus atribuciones, expide el siguiente Reglamento  para elección de  Reina  Interparroquial:

Art. 1.- La elección se efectuará el domingo 13 de enero de 2008, a las 15h00, en el Coliseo de Deportes de Ambato.

Art. 2.- Podrán participar las señoritas reinas o representantes de las parroquias del cantón Ambato inscritas legal y previamente, de acuerdo con el Reglamento respectivo y que cumplan con los siguientes requisitos:
•    Ser ambateña de nacimiento
•    Tener entre 18 y 25 años de edad,  al momento de la inscripción
•    Que curse o haya cursado la educación secundaria.

Art. 3.- La inscripción de la reina o representante parroquial se receptará el día y hora fijados por el Comité Permanente, previa presentación de los siguientes documentos, entregados por lo menos con 24 horas de anticipación:
•    Cédula de identidad o partida de nacimiento en originales y fotocopias
•    Tres fotografías a color tamaño postal
•    Certificado de estudios o su equivalente
•    Carta del representante parroquial autorizando la participación de la señorita candidata
•    Propuesta de trabajo ejecutable, mínimo una hoja, en caso de ser elegida Reina de Ambato.

Al momento de la inscripción suscribirán el acta: la señorita candidata y su representante, conjuntamente con el  Director Ejecutivo y certificará el Secretario General del Comité Permanente de la Fiesta de la Fruta y de las Flores.

Art. 4.- El Jurado Elector estará integrado por siete personalidades de Ambato, mismas que serán designadas por el Comité Permanente de la Fiesta de la Fruta y de las Flores.

Cada miembro del Jurado Calificador votará en forma independiente, de acuerdo con los siguientes parámetros:
a)    Calificará sobre diez (10) puntos y un mínimo de seis (06) puntos, sin decimales
b)    Cada salida de las candidatas obtendrá una calificación de cada miembro elector
c)    Al final se sumarán todos los puntajes y éste será el resultado final.

Art. 5.- La señorita que resultare electa Reina Interparroquial será inscrita como candidata a Reina de Ambato.

Art. 6.- En caso de que la nueva Reina Interparroquial sea electa Reina de Ambato, esa dignidad la asumirá la Señorita Simpatía del evento Reina Interparroquial. Igual procedimiento se aplicará si perdiere el estado civil con el que se inscribió como candidata a Reina Interparroquial.

Art. 7.- Las candidatas a Reina Interparroquial y quien hubiere obtenido esta dignidad se sujetarán estrictamente a las disposiciones constantes en el Reglamento de Comportamiento que para el efecto haya dictado el Comité Permanente.

NOTA: Las inscripciones se receptarán desde el lunes 29 de octubre de 2007 hasta el 26 de diciembre de 2007, en las oficinas del Comité Permanente, previa notificación de fecha y hora en que se realizará la misma.

  Arq. Fernando Callejas Barona                                 Marco Calero Hidalgo
   PRESIDENTE, DIRECTORIO                                DIRECTOR EJECUTIVO
 

Comentarios  

 
0 #1 Jose Antonio Yancha Quilligana 2008-01-27 04:21 Un saludo desde la distancia españa, estoy orgulloso de ser ambateño y por que no decir paseño de corazón, felicitaciones a toda las autoridades de la provincia de Tungurahua, cual quier señorita que sea elécta de este año que trabaje por bien de la sociedad, sin mirar a quien si no todo juntos debemos seguir a hacia el futuro. Y doy un saludo a Presidente de la junta parroquial de Pasa Dr. Fabricio Velastegui, ex secretario de la Org.UOCAIP. HASTA PRONTO. JOSE YANCHA Quote
 

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